lunes, 28 de mayo de 2012

Nuevas normas para el funcionamiento de los servicios de cuidados neonatales

El Ministerio de Salud aprobó, por resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, la nueva Directriz de Organización y Funcionamiento de los Servicios de Cuidados Neonatales, que reclasifica los niveles de atención y complejidad para adaptarlos a los estándares internacionales. 


La cartera sanitaria, aprobó por Resolución Ministerial 641/2012 publicada en el Boletín Oficial y que lleva la firma del ministro Juan Manzur, la nueva la nueva Directriz de Organización y Funcionamiento de los Servicios de Cuidados. 

La resolución invita a las Autoridades Sanitarias Jurisdiccionales y Entidades Académicas, Universitarias y Científicas Profesionales a efectuar observaciones dentro de un plazo de 60 días. En el Anexo establece que todas las instituciones de salud en las que se realicen partos, independientemente del nivel en que se las haya categorizado, deberán poder proveer de los siguientes servicios: 

• Atención en sala de partos; 
• Disponibilidad de un referente pediátrico que pueda guiar la atención de un recién nacidos prematuro o crítico que haya nacido en forma imprevista en un nivel de complejidad diferente al que le correspondería por riesgo; 
• Disponibilidad de un sistema de referencia y contrarreferencia para traslado a unidades de mayor complejidad y vuelta a la unidad de origen superado el período crítico. 

Agrega que la atención en sala de partos debe asegurar la recepción del recién nacido según las recomendaciones de buenas prácticas en los casos de los partos normales. Debe también garantizar que el personal que trabaja en la recepción del recién nacido está entrenado y certificado para la reanimación cardiopulmonar (RCP) del niño asfixiado de acuerdo con el Programa Nacional de Reanimación Cardiopulmonar Neonatal y Pediátrico. 

Para aquellos casos en los que se pueda producir el nacimiento imprevisto de un niño con complicaciones no incluidas dentro de las patologías previstas en ese nivel de atención, las unidades de menor complejidad o que teniendo alta complejidad no pueden realizar cierto tipo de intervenciones (ej.: cirugías). Los servicios deben tener un protocolo estandarizado para la derivación oportuna del paciente. 

Las unidades de menor complejidad deberán tener convenios formales con las unidades de mayor complejidad, dentro de su región o área programática, que aseguren la estabilización de acuerdo con las recomendaciones de la unidad de destino, y el traslado del paciente en tiempo y forma.

Fuente: Sala de Prensa