viernes, 14 de febrero de 2014

Chile: Entra en vigencia la nueva Ley Nacional de Fármacos

Este viernes se publicó en el Diario Oficial la Ley Nacional de Fármacos, normativa que, entre varias modificaciones, exigirá a los profesionales de la salud recetar medicamentos bioequivalentes, según señala el portal BioBioChile. La implementación de la nueva ley será paulatina y prevé que las primeras sanciones por incumplimientos sean “partes de cortesía”, anticipó el ministro de Salud, Jaime Mañalich.


Desde este viernes en Chile, y según la nueva Ley Nacional de Fármacos, todos los profesionales de la salud deben recetar con la marca comercial y el nombre genérico bioequivalente, mientras que las farmacias deberán vender un fármaco genérico a pedido del cliente en lugar de la marca comercial y disponer de un stock mínimo de los 341 medicamentos con sello de bioequivalencia.

La norma prohíbe la publicidad de remedios recetados y dispone que el precio del producto debe estar impreso en el envase. Además, prohíbe la “canela” o pago de incentivos al empleado de farmacia que venda un determinado medicamento, situación que tiene un plazo de hasta 6 meses para su erradicación definitiva. Por su parte, aún no se ha elaborado el reglamento para la venta de la dosis exacta recetada por el médico o venta fraccionada, como tampoco para la venta de medicamentos sin receta en góndolas, que debe ser normado mediante un decreto.

El presidente del Colegio Médico, Enrique Paris, destacó que la nueva ley establece la creación del Fondo Nacional de Medicamentos, destinado a financiar enfermedades de alto costo, que contará con una suma inicial de 18 mil millones de pesos. 

Además, si alguna localidad no cuenta con farmacias, la nueva ley determina que cualquier persona puede solicitar a las autoridades correspondientes la instalación de un almacén farmacéutico y, ante la falta de ambos establecimientos, podrán venderse medicamentos en hospitales o consultorios.